COTIZACIÓN

El aviso de la Seguridad Social: Cambios en las bases de cotización de autónomos para 2023

Será el primer año con el sistema de cotización por ingresos reales y estos son los cambios en las bases de los autónomos para 2023
Será el primer año con el sistema de cotización por ingresos reales y estos son los cambios en las bases de los autónomos para 2023

Un sector compuesto por más de tres millones de personas, es decir, los autónomos, a partir de 2023 se verán afectados por las modificaciones introducidas por el Gobierno tras salir el nuevo sistema de cotización por tramos de ingresos reales.

Y es que, según el Instituto Nacional de Estadística (INE) se ha incrementado el crecimiento económico del segundo trimestre, de acuerdo con los datos de contabilidad nacional.

La demanda nacional, es decir, lo que respecta a consumo e inversión aportó 0,6 puntos porcentuales al crecimiento trimestral, mientras que por otro lado, la demanda externa, es decir, exportaciones e importación, contribuyó a la economía con los 0,9 puntos restantes.

De esta manera, como parte de la reforma del sistema de pensiones, va a llegar un año de cambios importantes para los autónomos.

Según la asesoría de Murcia ASELEC, “los autónomos verán cambiado su modo de cotizar a la Seguridad Social que llegará a afectar realmente a su mensualidad”, añade María Del Mar Valverde, asesora laboral de ASELEC.

Y es que, a partir de 2023, las cuotas dependerán de los rendimientos netos declarados de cada autónomo. Se tendrán en cuenta los ingresos reales de estos trabajadores para colocarles en uno de los 15 tramos de cotización correspondientes.

ESTAS SERÁN LAS CUOTAS DE AUTÓNOMO PARA 2023

La implantación de estas nuevas bases de cotización que se darán a partir del próximo año, estarán organizadas según los 15 tramos de ingresos del autónomo. Estas son las siguientes:

  • Ingresos de 670 euros mensuales o de menor cuantía: la base mínima será de 751,63 euros mensuales y la máxima de 849,66 euros.
     
  • Ingresos de entre 671 y 900 euros mensuales: la base mínima será de 849,67 euros mensuales y la máxima de 900 euros.
     
  • Ingresos de entre 900,01 y 1.166,69 euros mensuales: la base mínima será de 898,69 euros y la máxima será de 1.166,70 euros.
     
  • Ingresos de entre 1.166,70 y 1.300 euros mensuales: base mínima de 950,98 euros y base máxima de 1.300 euros.
     
  • Ingresos de entre 1.300,01 y 1.500 euros mensuales: la mínima será de 960,78 euros y la máxima será de 1.500 euros.
     
  • Ingresos de entre 1.500,01 y 1.700 euros mensuales: la base mínima será de 960,78 euros y la base máxima será de 1.700 euros mensuales.
     
  • Ingresos de entre 1.700,01 y 1.850 euros mensuales: base mínima de 1.013,07 euros y base máxima de 1.850 euros mensuales.
     
  • Ingresos de entre 1.850,01 y 2.030 euros mensuales: base mínima de 1.029,41 euros y base máxima de 2.030 euros.
     
  • Ingresos de entre 2.030,01 y 2.330 euros mensuales: la base mínima será de 1.045,75 euros y la base máxima será de 2.330 euros.
     
  • Ingresos de entre 2.330,01 y 2.760 euros mensuales: base mínima de 1.078,43 euros mensuales y base máxima de 2.760 euros mensuales.
  • Ingresos de entre 2.760,01 y 3.190 euros mensuales: la base mínima será de 1.143,79 euros mensuales y la base máxima será de 3.190 euros mensuales.
     
  • Ingresos de entre 3.190,01 y 3.620 euros mensuales: base mínima de 1.209,15 euros y base máxima de 3.620 euros mensuales.
     
  • Ingresos de entre 3.620,01 y 4.050 euros mensuales: la base mínima será de 1.274,51 euros y la base máxima de 4.050 euros.
     
  • Ingresos de entre 4.050,01 y 6.000 euros mensuales: la base mínima será de 1.372,55 euros mensuales y la base máxima será de 4.139,40 euros mensuales.
     
  • Ingresos superiores a 6.000 euros mensuales: base mínima de 1.633,99 euros mensuales y base máxima de 4.139,40 euros mensuales.

En estos tramos, el autónomo podrá optar por cualquiera de las bases comprendidas en ellas. Donde también podrá cambiar el tramo de ingresos incluso hasta seis veces al año.