2/9/24
Cuando se configura un Arrendamiento como “Actividad Económica”. REQUISITOS Y VENTAJAS
En el supuesto de que el arrendador sea persona física titular de los inmuebles arrendados, puede tributar por las rentas obtenidas en el alquiler de los inmuebles en su declaración de IRPF como “rendimientos de capital inmobiliario” o como “Rendimientos de Actividades Económicas”.